¿Qué dice la ley sobre el hurto de material estratégico?
El hurto de material estratégico está tipificado en la ley venezolana y puede ser catalogado como un acto terrorista.
En el año 2017 se dio a conocer por el ministro de Interior, Justicia y Paz, Néstor Reverol, que el hurto o vandalismo cometido hacia algún material estratégico (aquellos insumos básicos utilizados en los procesos productivos del país), podrá ser penado con prisión.
Es por ello que la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, dedica el Capítulo II a los delitos contra el tráfico y comercio ilícito de recursos o materiales estratégicos y de los metales o piedras preciosas.
El Artículo 34 establece que la persona que trafique ilícitamente con metales o piedras preciosas, recursos o materiales estratégicos, nucleares o radioactivos, sus productos o derivados, podrá ser penado con prisión de ocho a doce años.
Por su parte, el artículo siguiente reseña que quien sea propietario o poseedor de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita, será penado con prisión de diez a quince años y una multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido.
Asimismo, se aplicará la misma pena a quien realice las siguientes actividades: la conversión, transferencia o traslado por cualquier medio de bienes, capitales, haberes, beneficios o excedentes con el objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de los mismos o de ayudar a cualquier persona que participe en la comisión de tales delitos a eludir las consecuencias de sus acciones.
Encubrir o simular la naturaleza, origen, ubicación, disposición, destino, movimiento o propiedad de bienes o del legítimo derecho de éstos, así como adquirir, poseer o utilizar bienes producto de algún delito y resguardar, invertir, transformar, custodiar o administrar bienes o capitales provenientes de actividades ilícitas, también serán penados de la misma forma anteriormente mencionada.
Cabe destacar que dichos bienes o haberes objeto del delito de legitimación de capitales serán decomisados o confiscados.
El capítulo finaliza con el Artículo 36, que indica que los directivos o empleados que por imprudencia, impericia o negligencia, favorezcan o contribuyan a la comisión del delito de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, sin haber tomado parte de él, serán penados con tres o máximo seis años de prisión.
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¿Qué hacer en caso de presenciar estos actos?
La Comisión Nacional de las Telecomunicaciones (Conatel) pone a disposición de público el número telefónico 0800-Antenas para notificar y/o denunciar cualquier posible vulnerabilidad o vandalismo hacia los servicios de telecomunicaciones.
Periodista: Rebeca González
Fotografía: Jesús Fernández
27 enero, 2020