Evolución tecnológica del servicio de difusión por suscripción en Venezuela impulsa la regulación de las tecnologías IPTV y OTT

El Servicio de Difusión por Suscripción en Venezuela ha experimentado una profunda transformación tecnológica en las últimas décadas. Desde sus orígenes a principios de los años noventa con la implementación del Servicio Multicanal de Distribución Multipunto (MMDS), una tecnología inalámbrica en la banda de 2 Ghz a 2,7 Ghz, el sector ha evolucionado hasta alcanzar hoy en día la total portabilidad digital.
El recorrido histórico del servicio detalla cómo, con los avances tecnológicos en los televisores, se masificó el servicio de difusión por suscripción mediante redes coaxiales analógicas. Posteriormente, ante la necesidad de ofrecer una mejor calidad y aprovechar las redes instaladas, el país transitó hacia la tecnología híbrida de fibra coaxial (HFC), la cual fue hasta hace poco la más utilizada para ofrecer adicionalmente internet. A nivel inalámbrico, también se desarrolló la tecnología DTH (televisión satelital), facilitando el acceso en cualquier parte del territorio nacional.
Hoy, la economía de escala en la fabricación de fibra óptica y el auge de la tecnología GPON han masificado las conexiones de internet FTTH, permitiendo velocidades de transferencia de datos sin precedentes.
Esta alta velocidad ha sido el catalizador para nuevas propuestas en el disfrute de paquetes de programación nacionales e internacionales. Las actuales ofertas se soportan en aplicativos que se instalan directamente en televisores inteligentes, dispositivos TV Box de diferentes fabricantes, teléfonos, tabletas o mediante acceso a un portal web desde una PC o laptop, permitiendo que incluso televisores más antiguos accedan a esta nueva forma de difusión. Todas estas bondades tecnológicas han favorecido enormemente la portabilidad para la población venezolana.
En la actualidad los beneficios son mayores, ya que una sola suscripción permite el disfrute simultáneo del servicio desde diferentes dispositivos, sin requerir instalaciones de cable adicionales en el hogar.
Nuevos paradigmas regulatorios: IPTV y OTT
Ante estos innegables avances tecnológicos, surgió la necesidad de establecer la regulación del servicio IPTV y OTT en el país. Tomando como base la definición establecida desde el año 2001, la cual determina que el servicio de difusión por suscripción se rige por dos variables independientes de la tecnología: el ofrecimiento de un paquete de programación (audiovisual o de audio) y el pago por su acceso, se iniciaron en 2022 dos nuevos procesos regulatorios en el mercado de las telecomunicaciones.
El primero consistió en la incorporación de esta nueva propuesta por parte de los operadores que ya tenían autorizado el servicio, conllevando a la modificación de sus habilitaciones para el uso de estas tecnologías.
Un segundo proceso abrió la puerta a los nuevos operadores de internet y transporte, quienes consideraron como una oportunidad de negocio adicional a sus despliegues de fibra óptica la incorporación del servicio de difusión por suscripción bajo estas tecnologías portables.
Para dar claridad y certeza a los usuarios sobre si el servicio ofrecido cuenta con portabilidad dentro y fuera del hogar, la regulación clasifica esta tecnología bajo dos premisas fundamentales:
IPTV: Es cuando el operador ofrece su servicio de difusión por suscripción en una red IP que es totalmente gestionada por él.
OTT: Se configura cuando el operador ofrece el servicio a sus clientes, quienes para acceder deben disponer de una conexión a internet que no es gestionada por dicho operador.
Como resultado de este esfuerzo de actualización, desde el año 2022 hasta septiembre de 2026, un total de treinta y siete (37) operadores han sido actualizados y autorizados oficialmente para ofrecer servicios de difusión por suscripción bajo las tecnologías de IPTV y/o OTT en todo el territorio nacional.
