Cargando ...

Telecomunicaciones

Telecomunicaciones

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en su artículo 4, define como telecomunicaciones toda transmisión, emisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios ópticos, u otros medios electromagnéticos afines, inventados o por inventarse.

Títulos Administrativos

El establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones y la prestación de servicios de telecomunicaciones se consideran actividades de servicio e interés público, para cuyo ejercicio se requerirá la obtención previa de la correspondiente habilitación administrativa, concesión o permiso, de ser necesaria, en los casos y condiciones que establece la LOTEL, sus reglamentos y las condiciones generales que al efecto establezca Conatel.

De conformidad con lo que prevean los reglamentos correspondientes, los servicios de telecomunicaciones podrán someterse a parámetros de calidad y metas especiales de cobertura mínima uniforme, así como a la prestación de servicios bajo condiciones preferenciales de acceso y precios a escuelas, universidades, bibliotecas y centros asistenciales de carácter público. Por su condición de actividad de interés general, el contenido de las transmisiones o comunicaciones cursadas en los distintos medios podrán someterse a las limitaciones y restricciones que por razones de interés público establezca la Constitución y la ley.

Definiciones de Interés

Título que otorga Conatel para el establecimiento y explotación de redes y para la prestación de servicios de telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones establecidos por la Comisión y la Lotel.

Título que otorga Conatel para el establecimiento y explotación de redes y para la prestación de servicios de telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones establecidos por la Comisión y la Lotel.

Actividades y servicios concretos que podrán prestarse bajo el amparo de una habilitación administrativa que otorga derechos y deberes inherentes a la actividad para la cual ha sido habilitado el operador, de conformidad con lo establecido en la Lotel.

Acto administrativo unilateral mediante el cual Conatel otorga o renueva, por tiempo limitado a una persona natural o jurídica, la condición de concesionario para el uso y explotación de una determinada porción del espectro, previo cumplimiento de la Ley.

Cambio en el título de habilitación y/o concesión, de conformidad con los términos y condiciones previstos en la Lotel y demás normativas aplicables.

¿Cómo obtener una Habilitación Administrativa?

Las personas interesadas en obtener una Habilitación Administrativa o de realizar cualquier otro trámite relacionado con los títulos administrativos para prestar servicios de telecomunicaciones, deberán preparar sus solicitudes de conformidad con las previsiones generales, legales, económicas y/o técnicas contenidas en los recaudos dependiendo del tipo de trámite, los cuales podrás obtener en los enlaces que se muestran más adelante.

Las solicitudes deberán ser presentadas por el interesado o su representante designado, de conformidad con las formalidades legales correspondientes, en la oficina de Atención al Ciudadano de Conatel, de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 08:00 a.m. a 12:00 m y de 01:30 pm hasta las 04:30 p.m. Adicionalmente, deben cumplir con las formalidades previstas en el artículo 26 de la Lotel.

Tipos de Habilitación y Permisos Administrativos

Habilitaciones Generales

Gestión de datos

Telefonía fija local

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra dentro de un área local y es prestado a través de equipos terminales, públicos o no, con movilidad restringida a la zona de cobertura de una estación de base determinada en el caso de la utilización de medios inalámbricos.

Telefonía de larga distancia nacional

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra entre áreas locales.

Telefonía de larga distancia internacional

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra desde y hacia fuera del espacio geográfico nacional.

Telefonía móvil

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra, mediante estaciones base o estaciones ubicadas en el espacio, que se comunican con equipos terminales móviles, públicos o no. Los recaudos y condiciones estarán establecidos en el pliego de Oferta Publica para espectro de alta valoración.

Servicios de Internet

Servicio de telecomunicaciones que permite acceder a la red Internet, excluyendo la conexión entre el proveedor de acceso a Internet habilitado mediante el presente atributo y el usuario.

Habilitación de Radiodifusión

Radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (AM)

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de programación de audio, dirigida al público en general, que opera en un canal de la banda atribuida para los servicios de radiodifusión sonora AM en el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones, incluyendo los enlaces necesarios para la prestación del servicio.

Radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM)

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de programación de audio, dirigida al público en general, que opera en un canal de la banda atribuida para los servicios de radiodifusión sonora FM en el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones, incluyendo los enlaces necesarios para la prestación del servicio.

Radiodifusión sonora por onda corta

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de programación de audio, destinada a ser recibida directamente por el público en general que opera en un canal de la banda atribuida para los servicios de radiodifusión sonora por onda corta en el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones, incluyendo los enlaces necesarios para la prestación del servicio.

Televisión abierta UHF

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de programación audiovisual dirigida al público en general y opera en un canal de la banda atribuida para los servicios de televisión abierta UHF en el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones necesarios para la prestación del servicio.

Televisión abierta VHF

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de programación audiovisual, dirigida al público en general y opera en un canal de la banda atribuida para los servicios de televisión abierta VHF en el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructura de telecomunicaciones necesarios para la prestación del servicio.

Habilitación de Radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público, sin fines de lucro

Radiodifusión sonora comunitaria

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de información de audio destinada a ser recibida por el público en general, como medio para lograr la comunicación libre y plural de los individuos y las comunidades organizadas en su ámbito respectivo, en los términos previstos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y de conformidad con lo que disponga el reglamento respectivo. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones, incluyendo los enlaces necesarios para la prestación del servicio.

Televisión abierta comunitaria

Servicio de radiocomunicación que permite la difusión de información audiovisual destinada a ser recibida por el público en general, como medio para lograr la comunicación libre y plural de los individuos y las comunidades organizadas en su ámbito respectivo, en los términos previstos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y de conformidad con lo que disponga el reglamento respectivo. Permite a su titular realizar todas aquellas actividades destinadas a la instalación y disposición de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones necesarios para la prestación del servicio.

Tipos de Permisos

Servicios de Producción Nacional Audiovisual

Se consideran como servicios de producción nacional audiovisual a aquellos canales cuya recepción y/o difusión de imágenes y sonidos ocurran dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, y se difundan sólo a través de las redes de prestadores de servicio de difusión por suscripción habilitados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, con excepción de los siguientes supuestos:1. Que el canal contenga en su programación semanal más del setenta por ciento de programas, publicidad o propaganda que, en su conjunto, no califiquen como producción nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Norma Técnica 027.2. Que el canal contenga en el tiempo total de su programación semanal más del setenta por ciento de programas, publicidad o propaganda que, en su conjunto, no califiquen como producción nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Norma Técnica 027.

Radioaficionado categoría A

Servicio de radiocomunicaciones que tiene por objeto la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos de radiotecnia por parte de quien haya obtenido el Certificado de Aprobación del Curso de Instrucción otorgado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.

Radioaficionado categoría B

Servicio de radiocomunicaciones que tiene por objeto la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos de radiotecnia por parte de quien, habiendo obtenido el Certificado de Aprobación del Curso de Instrucción otorgado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, haya cumplido con los requisitos establecidos.

Enlaces punto a punto

Actividad de radiocomunicaciones que permite el intercambio de información entre una estación fija y una estación transportable, cuyo lapso de uso no excede de tres (3) días continuos.

Pruebas pilotos de equipos de nuevas tecnologías

Actividad de radiocomunicaciones destinada a la investigación, la docencia o a verificar las características de operación y funcionamiento de nuevas tecnologías y equipos.

Otros trámites referentes a las Habilitaciones Administrativas y Concesiones

Definición

Es una conexión física y lógica de redes públicas de telecomunicaciones para el intercambio y terminación de tráfico entre dos prestadores de servicios, permitiendo comunicaciones inter-operativas y continuas en el tiempo entre sus usuarios. Los operadores de redes de telecomunicaciones tienen la obligación de interconectarse con otras redes públicas de telecomunicaciones, para así establecer comunicaciones inter-operativas y continuas en el tiempo entre sus usuarios. La interconexión se realizará de acuerdo con los principios de neutralidad, buena fe, no discriminación e igualdad de acceso entre operadores, conforme a los términos establecidos en la Lotel, sus reglamentos y demás normas aplicables.

Reajuste de valor referencial de coubicación en espacios cerrados

Normativa relacionada con los respectivos reajustes del valor referencial para la determinación de la contraprestación mensual por coubicación en espacios cerrados.

Reajuste de los valores referenciales de los cargos de interconexión de uso para los servicios de telefonía fija local, larga distancia nacional e internacional

Normativa relacionada con el respectivo reajuste del valor referencial para la determinación de los cargos de interconexión para los servicios de telefonía fija local, larga distancia nacional e internacional.

Reajuste de los valores referenciales de los cargos de interconexión de uso para el servicio de telefonía móvil

Normativa relacionada con el respectivo reajuste del valor referencial para la determinación de los cargos de interconexión para los servicios de telefonía móvil.

Definición

Es la representación unívoca, a través de identificadores, de los equipos terminales de redes de telecomunicaciones, elementos de redes de telecomunicaciones, o redes de telecomunicaciones en sí mismas. Los identificadores estarán basados en códigos o caracteres alfanuméricos, siguiendo las pautas establecidas por los organismos de regulación internacionales o regionales que normen la materia.

Conatel es el ente encargado de la administración, control y regulación del recurso limitado de numeración, así como también del establecimiento de los Planes Nacionales de Numeración y su respectiva normativa.

Códigos de Centrales locales Disponibles

Códigos de Identificación: Operadores de Servicios de Larga Distancia

Estructura del código de identificación del Operador de Larga Distancia:

YZ: Código de Operador de Larga distancia
“Y” puede tomar valores de 0(*) ó 9.
“Z” puede tomar valores entre 0 y 9.
(*): Excepto en los casos en que Z también es cero(0)

Estructura de la Numeración para Servicios Móviles

La numeración para los servicios móviles deberá tener una longitud de diez (10) dígitos, bajo el siguiente esquema:

Código de identificación del operador móvil

Código del abonado

Códigos de Identificación de Operador Móvil Disponibles

Mecanismo de Presuscripción

El Mecanismo de Selección por previa Suscripción de los Operadores de Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional (Presuscripción) permite a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones de telefonía fija local escoger por adelantado, y sin necesidad de marcar el código de identificación de operador de larga distancia en cada llamada, al operador que le prestará los servicios de telefonía de larga distancia nacional o larga distancia internacional de forma continua.

Conatel, ente rector y promotor del desarrollo del sector, emprendió acciones en 2001 para impulsar este mecanismo, y así propiciar igualdad de condiciones y oportunidades entre los operadores que prestan servicios de telefonía de Larga Distancia Nacional y Larga Distancia Internacional, resguardando el derecho de los usuarios a una libre escogencia.

Fases del Mecanismo

• 28/08/2000. Se constituye el Pre-Comité de Operadores de Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

• 08/05/2001. Se dicta la Resolución que enmarca la creación del Comité de Operadores de Servicios de Telefonía de Larga Distancia.

• Se elabora el Pliego de Condiciones Generales para la participación de los interesados en el concurso para la selección del Administrador de la Base de Datos del Mecanismo de Presuscripción.

• Se realiza la selección del Administrador de la Base de Datos del Mecanismo de Presuscripción, entre las empresas que manifestaron su deseo de asumir esta actividad: NCS Pearson Venezuela, C.A., Telcordia Technologies , INT’L, INC., Keon de Venezuela e Indra Sistemas. En este proceso de selección resultó favorecida la empresa NCS Pearson de Venezuela, C.A.

• 20/08/2001. Se dicta la Resolución en la cual Conatel designa como Administrador de la Base de Datos del mecanismo de Presuscripción, a la empresa NCS Pearson de Venezuela, C.A.

• 11/09/2001. Las operadoras de Servicios de Telefonía de Larga Distancia firman el Contrato de Servicios con el administrador designado de la Base de Datos del Mecanismo de Presuscripción, (NCS Pearson de Venezuela, C.A.)

• 19/03/2002. Se dicta la Resolución para el Acceso de los Abonados de los Servicios de Telefonía Fija Local a los operadores de Telefonía de Larga Distancia, mediante Selección por Previa Suscripción

Normativas Relacionadas

Conceptos Básicos

Homologación
Acto mediante el cual un ente gubernamental competente acepta o reconoce las declaraciones o certificados de conformidad emitidos por otro ente de certificación debidamente acreditado, atribuidos a un equipo de telecomunicaciones, con el objeto de autorizar la utilización del equipo mencionado dentro de las redes de telecomunicaciones bajo su regulación.
Evaluación de conformidad
Consiste en un examen sistemático del grado de satisfacción de un producto, proceso o servicio con los requisitos de una norma técnica establecida.

Certificación
Proceso mediante el cual un ente reconocido o acreditado verifica que un equipo de telecomunicaciones cumpla con la normativa técnica establecida, a través de pruebas o ensayos, y emitiendo luego un certificado o declaración de conformidad.

Certificado de conformidad
Documento emitido según las reglas de un sistema de certificación, para proveer la confianza de que un producto, proceso o servicio debidamente identificado está en conformidad con una norma específica u otro documento normativo.

Organismo de Certificación designado
Institución técnica legalmente constituida, acreditada o designada por un ente de homologación para conducir el proceso de evaluación de la conformidad de los equipos de telecomunicaciones.

Especificaciones Técnicas
Es un documento que establece los requisitos técnicos que debe cumplir un producto, proceso o servicio.

Acuerdos de reconocimiento mutuo Convenio basado en la aceptación mutua de declaraciones y certificados de conformidad, emitidos por un ente u organismo de certificación de una de las partes del acuerdo, en concordancia con la normativa de la otra parte.

¿Cómo realizar la Homologación de Equipos?

Equipos y Aparatos Homologados

Para cualquier información adicional acerca del Registro Automatizado de Equipos de Telecomunicaciones, puedes escribir al correo electrónico: homologacion@conatel.gob.ve

Cargo de Tránsito

Es el cargo que el operador debidamente habilitado en el país para prestar el servicio de telefonía de larga distancia internacional, deberá pagar al operador de servicios de telefonía fija y/o móvil, por las llamadas originadas en redes extranjeras y entregadas en las redes del telefonía fija y/o móvil en la República Bolivariana de Venezuela, cuando el abonado no sea directamente atendido por su red.

Convenio de Cooperación Técnica

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) y el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) mantienen suscrito un convenio de cooperación técnica, cuyo objeto es coadyuvar en el proceso de adquisición de divisas que soliciten las personas naturales y jurídicas que conforman el sector de las telecomunicaciones.

Se distinguen los siguientes objetivos orientados a:

Cooperar con el Centro Nacional de Comercio Exterior, en el marco del convenio para el análisis de las solicitudes para la adquisición de divisas del sector telecomunicaciones.

Velar por la presencia de las condiciones mínimas para la prestación de los servicios de telecomunicaciones, en relación a la continuidad y calidad de estos, en tanto dependan para ello de la obtención oportuna de divisas.

Entidades que intervienen

Los sujetos que participan en el proceso de Control Cambiario del Sector de Telecomunicaciones son los siguientes: Comisión Nacional de telecomunicaciones, Centro Nacional de Comercio Exterior, Banco Central de Venezuela, operadores de telecomunicaciones habilitados o en proceso de transformación de títulos y los operadores cambiarios habilitados en el país.

Beneficiarios directos

Los beneficiarios directos de este Convenio suscrito entre Conatel y Cencoex son todos aquellos operadores de telecomunicaciones debidamente habilitados o en proceso de transformación de títulos, domiciliados en el territorio nacional.

Información de interés

Para mayor información enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: recaudacion@conatel.gob.ve

Definición

Los radioaficionados son aquellas personas naturales o jurídicas sin fines de lucro u organismos gubernamentales debidamente autorizados, cuya actividad tiene por objeto la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos de la radiotecnia, técnica relativa a la telecomunicación por radio así como a la construcción, manejo y reparación de aparatos emisores o receptores.

Tipos de Permisos

Permisos otorgados a un Radioaficionado luego de haber cumplido con todos los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en el Reglamento de Radioaficionados y en el Instructivo para tal fin. Pueden ser clasificados en:

Radioaficionado Categoría “A”
Persona natural que haya aprobado el examen realizado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, mediante el cual se verifica su idoneidad para realizar la actividad de Radioaficionado. El permiso tiene una vigencia no mayor a cinco (5) años.

Radioaficionado Categoría “B”
Radioaficionado u Organización de Radioaficionados que haya cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, este Reglamento y las demás normas aplicables. El permiso tiene una vigencia no mayor a cinco (5) años.

Listado de Permisos y Certificados por retirar

Operadores

Una Habilitación general es el título administrativo que otorga el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) para el establecimiento y explotación de redes y prestación de servicios de telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones establecidos en la legislación vigente en materia de telecomunicaciones.

Los atributos son las actividades y servicios concretos que podrán prestarse bajo el amparo de una habilitación administrativa que otorga derechos y deberes inherentes a la actividad para la cual ha sido habilitado el operador, de conformidad con lo establecido en la LOTEL.

Existen diferentes tipos de atributos que se otorgan bajo una habilitación general tales como:

Gestión de Datos

Servicio de telecomunicaciones provisto a terceros,que permite procesar, almacenar o resguardar datos de cualquier naturaleza, a través de diversas tecnologías, de manera temporal o permanente; por medio de equipos de infraestructura de red del abonado en las instalaciones del operador o del arrendamiento de capacidad virtual en equipos de la infraestructura de red de este último. Los abonados, podrán acceder a sus equipos o a la capacidad virtual arrendada, haciendo uso de cualquier conexión, a cambio de una contraprestación.

Telefonía fija local

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra dentro de un área local y es prestado a través de equipos terminales, públicos o no, con movilidad restringida a la zona de cobertura de una estación de base determinada en el caso de la utilización de medios inalámbricos.

Telefonía de larga distancia nacional

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra entre áreas locales.

Telefonía de larga distancia internacional

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra desde y hacia fuera del espacio geográfico nacional.

Telefonía móvil

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite principalmente el intercambio de información por medio de la palabra, mediante estaciones base o estaciones ubicadas en el espacio, que se comunican con equipos terminales móviles, públicos o no.

Servicios de Internet

Servicio de telecomunicaciones que permite acceder a la red Internet, excluyendo la conexión entre el proveedor de acceso a Internet habilitado mediante el presente atributo y el usuario.

Radiocomunicación móvil terrestre

Servicio de radiocomunicaciones destinado al intercambio de información de voz o datos entre equipos terminales móviles utilizando estaciones de base.

Transporte

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite la transmisión de información de cualquier naturaleza, sin que ésta se modifique, entre puntos de acceso.

Acceso a redes de datos

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite la transmisión de información de cualquier naturaleza, sin que ésta se modifique, entre puntos de acceso.

Radiomensajes

Servicio de telecomunicaciones que, haciendo uso del recurso limitado de numeración, permite la transmisión de información de cualquier naturaleza, sin que ésta se modifique, entre puntos de acceso.

Difusión por suscripción

Servicio de telecomunicaciones que permite el acceso a un paquete de programación audiovisual o de audio previamente establecido, a cambio de una contraprestación por la recepción exclusiva del mismo.

Radiodeterminación

Servicio de telServicio de radiocomunicaciones que permite determinar la posición, velocidad u otra característica de un objeto u obtener información relativa a estos parámetros.

Radiocomunicaciones marítimas

SeServicio de radiocomunicación entre estaciones costeras y estaciones de barco, entre estaciones de barco, entre estaciones de comunicaciones a bordo asociadas o entre estaciones de embarcación o dispositivos de salvamento y estaciones de radiobaliza de localización de siniestro.

Radiocomunicaciones aeronáuticas

Servicio de radiocomunicación entre estaciones aeronáuticas y estaciones de aeronave, entre estaciones de aeronave, entre estaciones de embarcación o dispositivos de salvamento y estaciones de radiobaliza de localización de siniestro.

Ayuda a la meteorología

Servicio de radiocomunicación destinado a las observaciones y sondeos utilizados en meteorología, con inclusión de la hidrología.

Establecimiento y explotación de red de telecomunicaciones

Actividad destinada a la instalación, y disposición de equipos e infraestructura que permiten la transmisión, emisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios ópticos u otros medios afines, inventados o por inventarse. Permite a su titular alquilar o realizar actos de disposición sobre circuitos alámbricos a favor de otro operador de telecomunicaciones. No incluye la prestación de servicios de telecomunicaciones.

A continuación podrá verificar el listado de Operadores de Telecomunicaciones que se encuentran debidamente habilitados por esta Comisión. Será actualizado cada 30 días posteriores a la aprobación de nuevos Titulos Administrativos por parte del Consejo Directivo.

SPNA

Se considera como Servicios de Producción Nacional Audiovisual a aquellos canales cuya recepción y/o difusión de imágenes y sonidos ocurran, dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, y se difundan solo a través de las redes de los prestadores del servicio de difusión por suscripción debidamente habilitados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.

Servicios de Valor Agregado

De conformidad con lo dispuesto en la LOTEL Articulo 23 Numeral 4 , No se requerirá habilitación administrativa o permiso para la instalación u operación de equipos o redes de telecomunicaciones cuando se trate de servicios que utilicen como soporte redes, enlaces o sistemas de telecomunicaciones, con el objeto de ofrecer facilidades adicionales a las definidas como atributos de las habilitaciones administrativas, aplicando a estas facilidades procesos que hagan posibles la disponibilidad de información, la actuación sobre éstos o la interacción con el sistema.

Operadores

Una Habilitación general es el título administrativo que otorga el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) para el establecimiento y explotación de redes y prestación de servicios de telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones establecidos en la legislación vigente en materia de telecomunicaciones.

Los atributos son las actividades y servicios concretos que podrán prestarse bajo el amparo de una habilitación administrativa que otorga derechos y deberes inherentes a la actividad para la cual ha sido habilitado el operador, de conformidad con lo establecido en la LOTEL.

Existen diferentes tipos de atributos que se otorgan bajo una habilitación general tales como:

Gestión de Datos

Servicio de telecomunicaciones provisto a terceros,que permite procesar, almacenar o resguardar datos de cualquier naturaleza, a través de diversas tecnologías, de manera temporal o permanente; por medio de equipos de infraestructura de red del abonado en las instalaciones del operador o del arrendamiento de c apacidad virtual en equipos de la infraestructura de red de este último. Los abonados, podrán acceder a sus equipos o a la capacidad virtual arrendada, haciendo uso de cualquier conexión, a cambio de una contraprestación.

Gestión de Datos

Servicio de telecomunicaciones provisto a terceros,que permite procesar, almacenar o resguardar datos de cualquier naturaleza, a través de diversas tecnologías, de manera temporal o permanente; por medio de equipos de infraestructura de red del abonado en las instalaciones del operador o del arrendamiento de c apacidad virtual en equipos de la infraestructura de red de este último. Los abonados, podrán acceder a sus equipos o a la capacidad virtual arrendada, haciendo uso de cualquier conexión, a cambio de una contraprestación.